La Comisión Reguladora de Energía (CRE) definió cuáles serán las reglas para que los particulares puedan instalar estaciones de carga (electrolineras). En el Diario Oficial de la Federación del 17 de diciembre se detalla el criterio de interpretación del artículo 46, fracción I de la Ley de la industria eléctrica, en materia de venta de energía eléctrica de un usuario final a un tercero.
Eso permitirá que los Fideicomisos de Infraestructura y Bienes Raíces (FIBRAs) puedan instalar puntos de recarga en zonas como parques industriales, centros comerciales o zonas habitacionales entre otros. Una de las condiciones es que antes de cualquier instalación, tendrán que firmar un contrato con cualquier proveedor de energía para tener disponibilidad de la energía en cualquier momento.
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